El Estado salvadoreño debe de rendir cuentas de estas irresponsabilidades con la niñez y juventudes en nuestro pais, por seguir dandole largas a esta nueva ley que protege a nuestra niñez y juventud.
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11/02/2011
Después de una prórroga parcial la ley de protección Integral de la niñez y Adolescencia (LEPINA), Al fin entró totalmente en vigor , a partir del 1 de enero de 2011.
Según las autoridades responsables de su implementación este compás de espera, desde la fecha inicialmente prevista para su puesta en vigencia hasta ahora, se concedió con la finalidad de prepara las condiciones administrativas y presupuestarias para la creación del Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia (SNPINA), y para el efecto se dio vida a una comunión interinstitucional transitoria mediante un decreto legislativo.
No obstante, nos encontramos nuevamente una omisión estatal inaceptable: este Sistema es aún inexistente, ya que las principales instituciones que lo sustentan, tales como el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia (CONNA), las Juntas de protección de la Niñez y Adolescencia y los Comités Locales de Derechos de la Niñez y Adolescencia, no han sido conformadas.
Preocupa profundamente que las competencias de las Juntas de protección la tutela de derechos individualmente considerados se ha otorgado al ISNA, hasta tanto no se cree dichos organismos, con lo cual se le ha sobre cargado de funciones sin que se conozca que se le haya incrementado el presupuesto significativamente para atender sus nuevas obligaciones. Deploramos que el Gobierno no asuma con responsabilidad la tarea de darle vida al sistema de protección y que su reacción sea adoptar medidas como la antes indicada, pues, con ella no contribuye a crear instancia sólida que de respuestas efectivas a la violación de los derechos de la niñez y adolescencia sino, por el contrario, a que se posterguen indefinidamente. Por otro lado, se corre el riesgo de que tal medida se vuelva permanente y no se lleve a la práctica lo estipulado en la ley.
Más allá del ámbito financiero, no debe prorrogarse por más tiempo las atribuciones del ISNA para dictar medidas de protección. Las decisiones sobre la vulneración de derechos a niños, niñas y adolescentes y las medidas para restituirlos deben ser confiadas a organismos con funciones judiciales (Juntas de protección y Juzgados y Adolescencia), tal como lo recoge la LEPINA.
Por otra parte en el seno de la Comisión de la Mujer, la Familia y la Niñez de la Asamblea Legislativa se encuentra para su análisis u pliego de reformas a la LEPINA que fueron presentadas por el presidente de la Republica, y que no han sido de estudio. Esta propuesta contiene, entre otros aspectos modificaciones en la composición del Sistema, que por su relevancia deben ser debatidas con todos los sectores involucrados, incluidos los niños, niñas y adolescentes.
La Procuraduría Para la Defensa de los Derechos Humanos y la Mesa permanente por los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Juventud.
El sistema de Protección es indispensable para coordinar, ordenar y dar coherencia al trabajo que las diversas instituciones estatales y privadas desarrollan para atender a la niñez y adolescencia Salvadoreña. Es oportuno recordar que la LEPINA responde a una gran aspiración de la Convención sobre los Derechos del Niño: que los niños, niñas y adolescentes tengan el lugar que merecen en la estructura del Estado a través de instituciones con peso real que garanticen el cumplimiento de sus derechos con políticas de largo plazo y presupuestos justos elaborados tomando como base los principios de interés superior del niño y la niña y prioridad absoluta.
A través de esta nota elevamos nuestra voz para exigir la reivindicación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en este país, mediante el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que la LEPINA impone, de modo que se les otorgue el lugar que en la estructura estatal merecen: su preferente consideración en todos los asuntos públicos.
Por lo antes expuesto demandamos.
1. Que el ministerio de Educación coordine las acciones necesarias para que se conforme con la mayor brevedad el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia (CONNA), otorgando efectivamente la asignación presupuestaria para la implementación del Sistema de Protección Integral.
2. Que a partir de su instalación se conformen las Juntas de Protección de la Niñez y Adolescencia.
3. Que la Asamblea Legislativa estudie las reformas propuestas a la LEPINA presentadas por el presidente de la República cauces de participación de todos los sectores involucrados, incluyendo a los niños y las niñas, principales destinatarios de esta legislación, a fin de que hagan llegar sus aportes y que los mismos sean tomados en cuenta en una posible reforma.
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