CASO: IMPACTO DEL CAMBIO CLIMÁTICO EN LA DESEMBOCADURA DEL RIO JIBOA, EL SALVADOR
I. SE CONDENA AL ESTADO SALVADOREÑO:
1. Por no haber reconocido los derechos de los pueblos originarios, lo que ha llevado a mantenerlos en situación de pobreza y exclusión.
2. Por no haber tomado las medidas para proteger los recursos naturales de la zona.
3 Por permitir que terceros explotaran los recursos naturales de la zona, causan de un grave daño ambiental.
4. Por la falta de medidas para enfrentar las consecuencias de los impactos del cambio climático en las zona, aún cuando existen estudios que alertar del problema.
5 Por la falta de medidas de reparación integral ante los daños personales, morales y materiales que por años han sufrido los pobladores de la zona.
CASO: IMPACTOS DE LOS PROYECTOS DE MINERÍA METALICA EN EL SALVADOR
I. SE CONDENA AL ESTADO SALVADOREÑO POR:
1. Por la falta de información, clara, precisa, oportuna y suficiente sobre la ejecución de proyectos mineros en territorio salvadoreño.
2. Por la falta de consulta ciudadana, tal como lo manda la ley
3. Por la falta de diligencia debida para controlar a las empresas de extracción minera, causando daños en los recursos naturales, principalmente en las fuentes de agua
4. A la Alcaldía Municipal de San Isidro Cabañas por realizar actividades de promoción de las empresas mineras, generando falsas expectativas en la población.
5. A la Fiscalía General de la República y a la Policía Nacional Civil por no investigar en un plazo razonable los casos de asesinatos de ambientalistas acaecidos en el año de 2009, en la zona de Cabañas; situación que ha minado la credibilidad del sistema y la eficacia disuasiva generando incertidumbre en la población.
Por lo anterior,
Se demanda que el Estado salvadoreño asuma una aptitud responsable en el tema de la minería, generando información y adecuando el derecho interno al derecho internacional de los derechos humanos, para asegurar el goce de los derechos de las poblaciones afectadas.
CASO: PROYECTOS DE REPRESAS HIDROELECTRICAS
I. SE CONDENA AL ESTADO SALVADOREÑO POR:
1. Por la falta de información y participación ciudadana en la ejecución de proyectos hidroeléctricos.
2. Por la falta de una institucionalidad ambiental para investigar los daños que los proyectos hidroeléctricos están causando en los recursos naturales, plegándose a una política energética que no coloca en el centro a la naturaleza y el bienestar humano
3. Por la ejecución de una política equivoca de desarrollo que coloca el tema ambiental de forma marginal, causando grave deterioro en todo el territorio nacional.
4. Por los desplazamientos forzados de asentamientos humanos, para dar paso a estos proyectos que se escudan bajo la “sombra del desarrollo.”
Este Tribunal Popular Ambiental hace un señalamiento al Estado salvadoreño, en el caso particular de la Represa El Chaparral, en el departamento de San Miguel, por fundamentar su actuar en permisos existentes, sin reparar en si estos fueron otorgados en legal forma y bajo el pleno respeto de los derechos humanos de las poblaciones afectadas. Así como también, en el caso de la Represa Sensunapán, en el departamento de Sonsonate, por la falta de un actuar oportuno y de información precisa por parte del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, lo que está generando preocupación y afectaciones en las poblaciones y en sus recurso hídrico.
El estado salvadoreño es condenado por las organizaciones ambientalistas populares por los crimines contra las poblaciones y el medio ambiente!!!
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