Pronunciamiento Público del Señor Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, licenciado Oscar Humberto Luna, en el contexto de las problemáticas del reciente paro nacional del transporte público v los desatólos forzosos ocurridos en el Centro Histórico de San Salvador y otros Departamentos en el País, y los hechos de violencia que afectan a las Mujeres.
"La violencia contra la mujer obstaculiza el desarrollo de las comunidades
y los estados, así como el logro de los objetivos de desarrollo convenidos
internacionalmente, incluidos los objetivos de desarrollo del milenio"
(Resolución de la Asamblea General ONU, 62/133,7 de febrero de 2008)
En mi calidad de Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos es mi deber vigilar especialmente el cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres en el contexto de la problemática del paro nacional del transporte público y los recientes desalojos forzosos ocurridos en el Centro Histórico de San Salvador y otros Departamentos en el país, en una coyuntura de violencia de género que las salvadoreñas enfrentan diariamente.
Los días miércoles 2, jueves 3 y viernes 4 de enero del presente año, los empresarios del sector del transporte público realizaron un paro nacional como una medida para exigir al Gobierno de El Salvador el pago del subsidio atrasado. Ante esa realidad, todas las personas y especialmente las mujeres salvadoreñas se vieron en la necesidad de utilizar medios alternativos para lograr desplazarse a sus centros de trabajo, a sus hogares u otros destinos, ocasionándoles una serie de imprevistos no solo de índole económica, sino diversas situaciones que como jefas de hogar tuvieron que atender, generándole estrés y desmejorando sus condiciones de vida digna. Ante una situación como la acaecida en recientes días, ya sea en la zona rural o urbana, las mujeres se ven impactadas por las graves consecuencias que se dan en sus centros de trabajo (descuentos en sus salarios, atraso en el cumplimiento de metas) además de exponerlas aun más a algún tipo de violencia, transitando por caminos desolados, o por el contrario, muy concurridos de automóviles o de personas que les pueden perpetrar algún daño.
Son las mujeres las que en su mayoría utilizan el transporte público y por tal razón, el Estado salvadoreño debería modificar el abordaje y la planificación que del mismo realiza, ya que cada decisión que se toma, afecta diferenciadamente la vida de mujeres y hombres. Por ejemplo, cada día, las mujeres deben lidiar con la inseguridad pública que se hace presente en el transporte colectivo en razón de las múltiples formas de violencia a la que se encuentran expuestas, especialmente la violencia sexual (violación, que otras personas les muestren sus genitales, palabras obscenas, persecución con intención de atacar sexualmente). Esto no significa que los hombres no enfrenten hechos de violencia sexual, pero los actos que afectan a las mujeres son de mayor gravedad porque involucran acciones que transgreden su integridad física o sexual. Las mujeres para garantizar su propia seguridad, deben asumir los costos que garanticen un traslado seguro a su destino: más tiempo y más dinero.
Simultáneamente a esta coyuntura, el día jueves 03 de enero, miembros del Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM), desalojaron a vendedoras y vendedores que se encontraban en la zona
recuperada del centro de San Salvador durante la temporada navideña, especialmente en la zona del Parque Huía Huía. Esto como una continuación al proceso de recuperación del Centro Histórico de San Salvador y que ha implicado los desalojos de mayo 2011 y octubre 2012. Para esta última fecha y en razón del peligro latente y el riesgo inminente ante el que se encontraban expuestas las personas que se dedican al comercio informal, esta Procuraduría en uso de la facultad que le establece el artículo 36 de su Ley, decretó MEDIDAS CAUTELARES, en la cual se recomendó
"Instruir al personal policial y de la municipalidad de San Salvador, que deben dar estricto cumplimiento al respeto de la integridad física de las personas, tomando en cuenta que entre ellos se encontrarán niños, niñas, mujeres, adultos mayores y personas con discapacidad"
1.
Desafortunadamente las autoridades edilicias se negaron a recibir la documentación respectiva y efectuaron el desalojo. En ese momento la situación fue más aún notorio el
comercio peatonal de la Calle Arce y la Plaza Huía Huía, cuyos comerciantes no habían tenido información clara que sus puestos iban a ser desalojados, por lo que fueron bastante afectados al no poder retirar a su debido tiempo todas sus mercaderías y pertenencias personales
2.
Como Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos no puedo dejar de pronunciarme sobre estos hechos que afectan a las Mujeres, sobre todo las que son jefas de hogar, madres solteras y que son excluidas y discriminadas por un sistema que no les posibilita alternativas reales para garantizarles el derecho a una vida digna. Además de eso, la represión convertida en violencia que en la mayoría de ocasiones ejercen los agentes de autoridad para hacer cumplir estas medidas de orden administrativo, reflejan la necesidad que el patriarcado sea abolido en todas sus formas.
A estas dos realidades se suma la alarmante situación de violencia de género que enfrentan nuestras mujeres salvadoreñas. Durante mi gestión, esta Procuraduría ha reiterado que la violencia de género contra la mujer tiene su asidero en la existencia de una estructura androcéntrica, misógena y de ginopia que reproduce estereotipos sexistas; es un hecho discriminatorio y por tanto, una grave violación a sus derechos humanos
3.
Diariamente en El Salvador, las mujeres, independientemente su edad, son víctimas de abominables hechos que atenían y en muchas ocasiones, opacan sus vidas. Datos de la Policía Nacional Civil destacan que el año dos mil once hubo un total de 626 asesinatos de mujeres, identificándose el mes de enero como uno de los más violentos y el rango de edad de 18 a 30 años como el de mayor frecuencia en las víctimas. En el período de enero - octubre de dos mil doce, se reportaron 286 asesinatos de mujeres, en su mayoría del rango de edad previamente identificado y asesinadas con arma de fuego en la zona urbana. Si bein es cierto ha habido un descenso en los datos estadísticos de los Feminiciidios, en el
ámbito de la violencia intrafamiliar se han contabilizado 2,035 denuncias en el mismo período,
3
Pronunciamiento del Señor Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, Licenciado Osear Humberto Luna, en el Día
Nacional e Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, 25 de noviembre de 2012
PROCURADURÍA
PARA LA DEFENSA DE LOS
HUMANOS
predominando la modalidad de violencia física. Con relación a la violencia sexual en el primer semestre
se reportaron 379 hechos de violación en menor o incapaz, 286 casos de violación y 167 denuncias por
el delito de otras agresiones sexuales.
,
Las desparaciones de mujeres se suman a esta innumerable lista de patrones sistemáticos de violaciones
a los derechos humanos de las mujeres. La corporación policial ha identificado en los meses de enero -
octubre del año en 2012, un total de 416 casos. Es precisamente en este tipo de situaciones donde el
irrestricto cumplimiento al principio de debida diligencia recobra especial importancia ya que presupone
que el Estado a través de las entidades competentes, debe realizar todas las acciones que sean
necesarias para prevenir cualquier tipo de violencia de género contra la mujer. Muchos casos que
forman parte de las estadísticas, pudieron haberse prevenido si se les hubiera brindado la atención e
importancia necesarias. La atención que las autoridades competentes brindan a esta situación debe ser
especial pues es muy probable que muchas de estas mujeres desaparecidas, sean víctimas de trata e
inclusive hayan sido raptadas por redes internacionales.
En muchas ocasiones la violencia física, psicológica y sexual es la antesala a los feminicidios, hechos que
representan la máxima expresión de desigualdad con relación a los hombres en el marco del continuum
de violencia. Particularmente, en El Salvador ser mujer es un riesgo y esto se evidencia en las
circunstancias en que se pierde la vida. El modus operandi y la intención de sus autores se fundamentan
en el patrón sistemático de cosificar los cuerpos de las víctimas y el odio a todo aquello que las
represente. Sus cuerpos son violados, torturados, desmembrados y mutilados
4.
.
En mi calidad de Magistrado de Conciencia, debo enfatizar que la trasgresión a un derecho humano,
implica impedimento para gozar de otras facultades inherentes. El artículo 26 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos señala el principio de progresividad en materia de derechos
económicos, sociales y culturales a todos los Estados Partes. Dicho principio se refiere a la adopción de
medidas de diverso tipo (legislativas, políticas públicas) donde los Estados utilizan el máximo de recursos
disponibles para que paulatinamente se generen las condiciones de satisfacción de los derechos
económicos, sociales y culturales, lo que a su vez implica la prohibición de resresividad
•
Atendiendo al mandato constitucional regulado en el Artículo 194 romano I y el Artículo 11 de la Ley de
la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, me compete velar por el respeto y garantía
de los derechos humanos en El Salvador, así como asistir a las víctimas de violaciones a derechos
humanos y promover y proponer las medidas que estime necesarias en orden a prevenir violaciones a
sus facultades inherentes. En atención a lo anterior considero pertinente que ante la "discriminación
múltiple" que afecta a las mujeres principalmente por razones de género, dicto las siguientes
RECOMENDACIONES:
A la Señora Presidenta del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, adoptar las
medidas necesarias para dar efectivo cumplimiento a la función de rectoría de la mencionada ley
de conformidad a lo establecido en el artículo 12 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre
Pronunciamiento de! Procurador para !a Defensa de los Derechos Humanos, licenciado Osear Humberto Luna, en e! Día
Internacional y Nacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, 25 de noviembre de 2011.
de Violencia para las Mujeres, las facultades contenidas en el artículo 11 de la Ley de Igualdad,
Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres, a fin de supervisar la ejecución
de las políticas públicas
a favor de las mujeres que garanticen el goce y disfrute total de sus
derechos humanos.
*í> Al Ministro de de Obras Públicas y Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano, realizar los
esfuerzos necesarios para planificar nuestras ciudades atendiendo al enfoque de género y
garantizar de esa forma, la seguridad pública de las salvadoreñas al momento de desplazarse.
Asimismo, garantizar los medios necesarios para que la población salvadoreña se desplaze en
condiciones de seguridad, especialmente las mujeres, en coyunturas de paro de transporte
público.
*h
Al Señor Alcalde Municipal de San Salvador, presentar de manera inmediata el Plan o Estrategia
Municipal donde se contemplen los mecanismos a implementarse para incorporar alternativas
económicas dignas para las y los comerciantes desalojados, tomando en cuenta la situación de
vulnerabilidad en la que se encuentran las niñas, adolescentes y mujeres.
-
*í> Al Señor Alcalde Municipal de San Salvador y a su Concejo Municipal, abstenerse de emitir
cualquier orden que conlleve la eventual ejecución de hechos de violencia y que pongan en
peligro la vida de las mujeres, niñas, niños y adolescentes, y personas adultas mayores.
^ Reiterar nuevamente al Señor Alcalde Municipal de San Salvador y a su Concejo Municipal, la
necesidad de instalar procesos de diálogo y negociación que vayan más allá de meras reuniones
informativas sostenidos con las y los comerciantes informales afectados y que se conviertan en
verdaderos espacios de búsqueda de mejores alternativas para la implementación de los planes
de reordenamiento que impulsa la municipalidad, aceptando la misión fundamental de esta
Defensoría del Pueblo y de otras instituciones y personalidades que peuden ser garantes de la
transparencia y buena fe de tan necesarios procesos
5.
<í> A los Gabinetes de Gestión Departamentales, fortalecer el diálogo con sus respectivas
poblaciones para que en el marco del desarrollo local se dé prioridad a la supervisión de las
políticas públicas en beneficio de las mujeres que se desempeñan en sus municipios.
^
Al Fiscal General de la República, el cumplimiento de su mandato constitucional a fin de realizar
las investigaciones pertinentes para determinar si las autoridades municipales y policiales
cometieron ilícitos penales como consecuencia del desalojo forzoso realizado el 26 de octubre
pasado y el día 03 de enero del presente año, en el Centro Histórico de San Salvador con motivo
del desalojo realizado por la Alcaldía Municipal de San Salvador
6.
.
ídem.
Pronunciamiento Público del Señor Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, licenciado Osear Humberto Luna,
sobre el desalojo forzoso y masivo de puestos de comercio informal en el centro capitalino, ejecutado por la Alcaldía Municipal
de San Salvador, los días 26 y 27 de octubre de 2012.
PARA LA DEFENSA DE LOS
^ Al Fiscal General de la República, fortalecer la implementación del Protocolo de Actuación para
la Investigación del Feminicidio a fin
de garantizar la investigación de situaciones de violencia
contra la mujer así como implementar la política de persecución penal en la materia.
*í> A las juzgadoras y juzgadores, hacer efectiva la prohibición de conciliación de los delitos
establecidos en la Ley tal como se encuentra estipulado en el artículo 58 de la Ley Especial
Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, atendiendo a los criterios establecidos
por la Relatora Especial sobre la Violencia contra la Mujer, sus causas y consecuencias, Sra.
Rashida Manjoo en su Informe de Misión de Seguimiento a El Salvador, febrero de 2011.
^ Al Señor Director de la Policía Nacional Civil, a la Señora Procuradora General de la República, al
Señor Fiscal General de la República, a las señoras juezas y jueces, asegurar el cumplimiento de
las garantías judiciales y protección judicial a fin de combatir la impunidad y garantizar el
derecho a la verdad a las víctimas y sus familiares.
*í> A la Asamblea Legislativa: Promover la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención
CEDAW como una muestra de la buena fe y voluntad política del Estado salvadoreño en
garantizar el cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres.
'
Finalmente, quiero enviar un cordial y respetuoso saludo a todas las mujeres en nuestro país y reafirmo
mi compromiso de velar por el respeto y garantía de los derechos de todas las mujeres en El Salvador y
las insto a que reivindiquen y ejerzan sus derechos como una forma eficaz de consolidar la paz y la
democracia en El Salvador.
San Salvador, 15 de enero de 2013
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